martes, 25 de marzo de 2014

Suprema Corte de EU revisan casos en contra de anticonceptivos


Este martes La Suprema Cortede Justicia de Estados Unidos escuchó argumentos en dos querellas contra la reforma de salud y su requisito de que los seguros médicos paguen por el uso de anticonceptivos.

La reforma de salud, promulgada en 2010 y considerada el mayor logro legislativo del presidente Barack Obama, estipula que casi todas las empresas con más de 50 empleados incluyan en sus seguros de salud el subsidio de los anticonceptivos.

Empresas como Hobby Lobby, una cadena nacional de venta de artesanías cuyos dueños son cristianos evangélicos, y Conestoga Wood Specialties, que fabrica gabinetes y es propiedad de menonitas, argumentan que la provisión de anticonceptivos viola sus creencias religiosas.

La mayoría de los argumentos en las dos querellas cuestionan, en particular, dos formas de anticoncepción: la llamada "píldora del día siguiente" que interrumpe la gestación, y los dispositivos intrauterinos que impiden la fertilización del óvulo y, según algunos expertos, aún si el óvulo es fertilizado evitan que se adhiera al útero.

Ambas han pedido que se les exima de ese requisito de cobertura anticonceptiva tal como ocurre con las iglesias y con organizaciones afiliadas a iglesias.

Los tribunales han ordenado que quede en suspenso esa estipulación para la mayoría de un centenar de entidades que han pedido exenciones similares, a la espera de un fallo de la Suprema Corte.

La disputa en los tribunales tiene un frente político en el cual los republicanos -que se opusieron a la reforma antes de la promulgación y desde entonces han tenido dificultades para anularla- apoyan a las empresas, en tanto que los demócratas respaldan a Obama.

De esta manera, estas querellas son parte de un debate más amplio sobre la libertad religiosa en Estados Unidos, y la Iglesia Católica, la mayor denominación cristiana en el país, ha volcado su respaldo a los demandantes.

Los nueve magistrados de la Suprema Corte deberán decidir si los dueños de compañías seculares y con fines de lucro pueden acogerse a las exenciones por razones religiosas recogidas en una ley de 1993.

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